El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 5/2023 por el que se adoptan y prorrogan medidas de respuesta a diversas situaciones de vulnerabilidad. Respecto a las medidas en materia energética y de incentivos del vehículo eléctrico, no aparece ninguna mención a la bicicleta.
El Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio y publicado en el BOE el pasado 29 de junio, por el que se adoptan y prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad, ha excluido a la bicicleta.
Concretamente, en el Capítulo III; Título II, llamado ‘Medidas en materia energética y de incentivo del vehículo eléctrico’, no se hace referencia a la ebike como vehículo eléctrico.
Vehículos eléctricos sin considerar a la ebike
En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, con el objetivo de promover la adquisición de vehículos eléctricos por particulares, se establecen dos nuevas deducciones.
Por un lado, los contribuyentes podrán deducir el 15 % del valor de adquisición de un vehículo eléctrico nuevo comprado desde la entrada en vigor de este Real Decreto-ley hasta el 31 de diciembre de 2024.
Además, se podrá practicar dicha deducción cuando se abone en el mismo plazo una cantidad a cuenta para la futura adquisición del vehículo que represente, al menos, el 25 % del valor de adquisición del mismo, debiendo abonarse el resto y adquirirse el vehículo antes de que finalice el segundo período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se produjo el pago de tal cantidad.
En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, con el fin de impulsar la electrificación de la movilidad, se introduce un incentivo fiscal destinado a promover las instalaciones de recarga. Estas instalaciones de carga puede ser tanto de uso privado, como las accesibles al público general y de vehículos eléctricos nuevas, de potencia normal o de alta potencia, en los términos definidos en el artículo 2 de la Directiva 2014/94/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (22 de octubre de 2014).
En el Decreto se asegura que esta disposición supone una simplificación administrativa que permitirá agilizar la instalación de puntos de recarga de vehículo eléctrico, lo que fomentará la movilidad eléctrica y reducirá la dependencia de combustibles fósiles, pero no se contemplan medidas que tienen que ver con la bicicleta eléctrica.